Tanto para las personas, organizaciones y comunidades que deseen realizar una cacharela y/o sardinada en un espacio público de su zona de residencia, como para los particulares que vayan a hacer esa cacharela o sardinada en un terreno de una propiedad privada, la solicitud podrá hacerse hasta el 20 de junio.
Cacharelas en espacios públicos
Las personas, organizaciones y comunidades que deseen realizar una cacharela y/o sardinada en un espacio público de su zona de residencia deberán presentar la solicitud correspondiente, que es el Modelo oficial 002, así como las declaraciones responsables que correspondan debidamente firmadas y un seguro de responsabilidad civil acompañado del recibo del pago de la prima, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Santiago o en la red SARA, desde lo 1 de junio hasta las 23:59 horas de 20 de junio .
La solicitud debe ir acompañada de un plano de situación del espacio público (en el privado no se necesita plano) en el que se va a situar la cacharela/sardinada, así como de la situación de todos los elementos presentes en el espacio autorizado.
En las cacharelas y sardiñadas que se celebran en espacios públicos, tendrán prioridad las asociaciones vecinales y culturales.
Cacharelas en espacios privados
Los particulares que deseen realizar una cacharela y/o sardinada en terrenos de propiedad privada deberán presentar la comunicación previa debidamente cubierta y firmada (Modelo oficial 008). Las solicitudes se podrán presentar presencialmente en el registro general o en línea a través de la sede electrónica del Ayuntamiento (sed.santiagodecompostela.gal), de la red SARA o del banner disponible en la página web del Ayuntamiento de Santiago desde lo 1 de junio hasta las 23:59 horas de 20 de junio .
Normas básicas
Los organizadores deberán cuidar los aledaños y conocer el número de teléfono de los Bomberos (080) y el de Emergencias (112). Si la propiedad está en zona urbana, el volumen del combustible de la cacharela no excederá los 2 metros de diámetro y 6 metros de perímetro, ni un metro de altura. No caso de la zona rural, la cacharela no puede exceder los 3 metros de diámetro o 9 de perímetro, ni los 3 metros de altura.
La separación entre las cacharelas, edificios, árboles, vehículos y mobiliario urbano serán como mínimo de 12 metros, excepto en el casco urbano y se pondrá atención en alejar la hoguera de viviendas, vehículos, e instalaciones y locales en los que se almacenen productos inflamables o bajo tendidos eléctricos o telefónicos. Además, se prohíbe la quema de neumáticos, plásticos, espumas de poliuretano, aceites, y en general de cualquiera sustancia que al arder desprenda humo tóxico, así como de recipientes que contengan líquidos inflamables o gases a presión (sprays), aunque estén vacíos.
La hoguera permanecerá vigilada por los solicitantes hasta su total extinción que deberá ser asegurada empapando los restos totalmente con agua, asegurándose de que las cenizas queden totalmente apagadas. En caso de que se levante viento que pueda dificultar la vigilancia y extinción de la hoguera esta deberá suspenderse o apagarse de inmediato.
La hora límite para finalizar la celebración es las 03:30 horas de la madrugada y será obligatoria la limpieza del espacio autorizado al final de la actividad.
El ayuntamiento de Santiago prohíbe expresamente la celebración de Cacharelas y Sardiñadas de San Xoán en la Praza do Obradoiro, Quintana, Toural, Platerías, San Martiño Pinario, Cervantes, Inmaculada, Mazarelos, Hermano Gómez, San Miguel y San Agustín.





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